GESTORIA DEL AUTOMOTOR SORIA - Prov. de Jujuy
Mandatario del Automotor Claudia Soria

Documentación

1.      TITULO DEL AUTOMOTOR

2.      CEDULA VERDE

3.      CHAPA PATENTE

4.      INFORMES DE DOMINIO DE AUTOMOTORES

5.      VERIFICACIÓN

6.      SOLICITUD TIPO 08

7.      FORMULARIO 381






TITULO AUTOMOTOR

El título de propiedad del automotor es un instrumento público, es un documento especial que se asigna con la inscripción inicial del dominio.

 Este título acredita las condiciones de dominio y los gravámenes que afecten al automotor. Los datos incluidos son:

1.      Lugar y fecha de expedición

2.      Registro interviniente

3.      Numero de dominio asignado

4.      Marca de fabrica

5.      Modelo, numero de chasis y motor

6.      Tipo de carrocería

7.      Peso del vehículo

8.      Uso público o privado

9.      Datos del titular

10.  Modificaciones que se hayan introducido al vehículo

11.  Si tiene prenda

12.  Etc.

 Además, con el título en mano, se puede comprobar que quien nos vende el automotor es el titular registral, lo cual facilita y asegura la firma de la solicitud tipo 08. De igual forma se puede peticionar la inscripción de transferencia si el titulo se hubiera extraviado, y el tramite se debe realizar en el registro que corresponda a la radicación del vehículo.

Ante la falta del título de propiedad se debe peticionar en el registro de la propiedad automotor, y ya no solo como una medida precautoria, el informe de dominio para obtener todos los datos referentes al titular y al vehículo.

Es importante saber también que cuando se peticiona el duplicado del título por extravío, robo, hurto o deterioro total se debe practicar la verificación policial, aun cuando el automotor sea un modelo anterior a 1985. ( la petición de duplicado de titulo solo puede efectuarla el titular registral o el adquirente con la ST 08 en condiciones de transferir.)
      <<<<< VOLVER <<<<<       


CEDULA VERDE

Contiene los datos del automotor:

1.      Titular registral

2.      Fecha de expedición

3.      Fecha de vencimiento

4.      Firma del encargado del registro

En poder del titular registral tiene validez por tiempo indeterminado y solo un año a partir de a fecha de su expedición para cualquier otra persona que utilice el vehículo.

Ningún otro instrumento puede reemplazar a la cedula como habilitante para la circulación del vehículo, careciendo de validez cualquier otra autorización aunque fuera otorgada por escribano público.

 El duplicado de cedula o las cedulas adicionales solo pueden peticionarla en el registro el titular. Al momento de comprar un automotor usado, que carece de cedula verde, no significa que no se pueda transferir, pero sí que no se va a poder circular hasta tanto no se haya inscripto la transferencia y se nos haya otorgado la nueva documentación del vehículo.

      <<<<< VOLVER <<<<<       



 

CHAPAS PATENTES

 

Las placas de identificación, conocida como chapa patente es un código compuesto de tres letras y tres números, que identifican al automotor.

Los poseedores de automotores con chapa patente compuesta por una letra y siete números  (pat. antigua) que no cambiaron la patente, deben presentar la siguiente documentación:

1.      Titulo

2.      Cedula

3.      Verificación Policial

4.      Denuncia de compra

5.      08 firmado (para que el registro cite al titular y darle curso a la transferencia)

Importante: Aunque el titular no acceda a firmar el 08, el registro entrega las placas identificadoras nuevas y una cedula rosa (que no autoriza a conducir). Este trámite solo sirve para identificar al vehículo.

      <<<<< VOLVER <<<<<       


 

INFORMES DE DOMINIO DE AUTOMOTORES


Informa lo datos referentes a la situación jurídica del automotor y de su titular registral a la fecha en que se pidió.

Con posterioridad al pedido pueden entrar embargo, inhibición, ventas, denuncias de venta, etc. es decir esto no bloquea el legajo del automotor.

Al momento de comprar un automotor usado y en general, el titular no posee el informe de dominio. Lo aconsejable es que antes de comprar se solicite el informe de dominio, para verificar si el titular es el correcto, si existe inhibición no puede venderlo o si el automotor está embargado o tiene prenda, o existe denuncia de venta o pedido de secuestro, etc..

 De esta forma, no solo evitamos sorpresas al momento de transferir, sino que además se puede sacar un valor más aproximado de los gastos que se producen en el registro.

       <<<<< VOLVER <<<<<      


VERIFICACION

En la verificación física o Policial como se conoce comúnmente, lo que se hace es constatar que los códigos del vehículo, tanto del chasis como del motor, coincidan con la codificación que figura en la documentación (titulo y la cedula). Varios pueden ser los motivos por los que la numeración del chasis principalmente, no se vea o este cortada. Si la causa es legítima se solicita en el registro una nueva codificación (RPA). Si no se puede demostrar la legitimidad de la falta de codificación, el vehículo le será sustraído y pasa a causa judicial. Por eso es importante solicitar al momento de comprar un automotor usado, se entregue junto con la documentación la verificación policial. Aun cuando el automotor sea un modelo anterior a 1985, y que no se requiera la verificación para transferir.

 
      <<<<< VOLVER <<<<<       



SOLICITUD TIPO 08

La solicitud tipo 08 es el contrato de la transferencia. Solo dos instrumentos pueden reemplazar al 08, Uno es la escritura pública, en donde también con firma certificada se celebra un contrato entre ambas partes. La otra es el oficio judicial, que se utiliza principalmente en los casos de Sucesión. Todas las firmas en la solicitud tipo 08 deben estar certificadas, por escribano o por el encargado del registro según corresponda de acuerdo a la radicación. Si el automotor es un bien ganancial, se necesita el consentimiento del cónyugue del vendedor, no así del comprador. A partir de la fecha de certificación de las firmas el 08 tiene un vigencia de 90 días hábiles para transferir. De no haberse concretado la transferencia en el plazo estipulado, se deberá abonar una mora. El segundo arancel de mora es al año. La enmienda total de los datos de identidad de las personas, determinan la nulidad de la solicitud tipo 08. Al momento de comprar un automotor usado, si quien lo vende es el titular se puede combinar para la firma del 08 en el registro o en una escribanía. Si quien lo vende no es el titular registral deberá solicitarle que le entregue el 08 firmado y certificado, dado que muchas veces no se puede ubicar al titular, o falleció, o ya firmo un 08 y no quiere volver a hacerlo.


      <<<<< VOLVER <<<<<      



FORMULARIO 381
- YA NO ESTA MAS EN VIGENCIA. ACTUALMENTE SE UTILIZA EL FORMULARIO CETA.

 

 

       <<<<< VOLVER <<<<<       

 
Este sitio web fue creado de forma gratuita con PaginaWebGratis.es. ¿Quieres también tu sitio web propio?
Registrarse gratis